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Benefíciate de ayudas financieras > Prestación de cuidados en el entorno familiar
Una persona mayor que desee permanecer en su casa a pesar de su pérdida de autonomía puede solicitar la Prestación de cuidados en el entorno familiar. Un equipo médico-social evaluará su nivel de dependencia para desarrollar un plan de asistencia personalizado que será financiado por esta prestación.
Pueden solicitarla las personas mayores que todavía son lo suficientemente independientes como para vivir en casa y son atendidas por cuidadores no profesionales, siempre que se den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda.
Esta prestación económica se reconoce excepcionalmente, cuando el beneficiario esté siendo atendido por alguna de las siguientes personas:
Directorio de residencias de mayores
El beneficiario deberá haber estado atendido por alguna de dichas personas durante el período previo de un año a la fecha de presentación de la solicitud, siempre que se den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda y así lo establezca su Programa Individual de Atención.
Las condiciones para ser beneficiario de esta prestación, determinadas por la Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, son las siguientes:
Convivir en el mismo domicilio con la persona en situación de dependencia, salvo en los supuestos previstos en los apartados siguientes:
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Elemento | Descripción | Requisitos clave |
---|---|---|
Beneficiario | Persona mayor dependiente atendida en casa | Valoración del PIA, grado de dependencia, convivencia adecuada |
Cuidador no profesional | Familiar o persona del entorno | Convivencia previa de un año, capacidad física y mental suficiente |
Duración mínima previa | Tiempo requerido de atención previa a la solicitud | 12 meses antes de la solicitud |
Entorno rural | Casos donde no hay servicios acreditados | Se admite cuidador sin parentesco si vive en el municipio o vecino |
Convenio con la Seguridad Social | Opcional para cuidadores no profesionales | Pago a cargo exclusivo del cuidador |
Los cuidadores en el entorno familiar podrán suscribir un convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social con carácter voluntario, siendo las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo exclusivamente del cuidador no profesional.
Fuente: Sitio web del Imserso: www.imserso.es.
¿Qué es la prestación para cuidados en el entorno familiar?
Es una ayuda económica para personas dependientes que reciben cuidados en casa por parte de familiares o personas cercanas no profesionales.
¿Quién puede ser cuidador no profesional?
El cónyuge, parientes hasta el tercer grado o, en entornos rurales, personas cercanas que hayan convivido en el municipio al menos un año antes de la solicitud.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a esta prestación?
Tener reconocido un grado de dependencia, convivir con el cuidador en condiciones adecuadas, y haber recibido atención durante al menos un año antes de la solicitud.
¿Qué documentación se necesita para solicitarla?
Formulario oficial, documentación de identidad, acreditación de convivencia, informe médico y Programa Individual de Atención (PIA).
¿Dónde se presenta la solicitud de esta ayuda?
En los servicios sociales del ayuntamiento o comunidad autónoma correspondiente, donde también se realiza la valoración de dependencia.
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